Un efectivo policial de 35 años que soportó durante años una campaña sistemática de hostigamiento y difamación digital por parte de su expareja consiguió un fallo histórico en la ciudad de La Rioja, donde la Justicia condenó a la mujer a pagar un resarcimiento económico actualizado en casi 30 millones de pesos por daños y perjuicios.
La resolución, dictada esta semana por la jueza Ana Carolina Courtis —titular de la Sala Unipersonal N° 3 de la Cámara 1° en lo Civil, Comercial y de Minas—, marca un precedente clave en el país al sancionar el uso de perfiles falsos en redes sociales para destruir la reputación y la carrera laboral de una persona.
El calvario para el agente comenzó tras el fin de un fugaz romance de apenas siete meses que había iniciado en 2020, en plena pandemia de COVID-19. Incapaz de aceptar la ruptura, la mujer desató una andanada de publicaciones agraviantes en Facebook, Instagram y WhatsApp, utilizando cuentas truchas para viralizar insultos, descalificaciones sobre su cuerpo y graves acusaciones que lo tildaban de "estafador", "coimero" y "golpeador".
El impacto en la vida profesional y personal del policía fue devastador, al punto de requerir carpeta psiquiátrica debido a un cuadro depresivo. La situación trascendió el plano virtual cuando la acusada se presentó incluso en la puerta de la dependencia policial donde trabajaba para insultarlo frente a sus colegas, lo que motivó llamadas de atención de sus superiores y la apertura de sumarios administrativos que pusieron en riesgo su fuente laboral y frenaron sus ascensos durante tres años.
Ante este panorama límite, el agente recurrió al estudio jurídico de los abogados Pablo Arrieta y Celeste Maidana, quienes impulsaron la demanda civil por daños contra la hostigadora. La estrategia legal no solo logró desenmascarar la campaña de desprestigio, sino que también demostró la falsedad de una denuncia penal por violencia de género que la mujer había radicado para perjudicarlo.
El monto inicial reclamado, que rondaba los 4 millones de pesos, escaló por la actualización de intereses hasta los 30 millones de pesos, una cifra que la acusada —quien se desempeña en los ámbitos público y privado— está en condiciones de afrontar según confirmaron sus letrados patrocinantes.
Además del peso económico de la sanción, la magistrada dispuso una serie de medidas de reparación ejemplares: la mujer deberá publicar fragmentos de la sentencia en sus perfiles, borrar todo el contenido difamatorio en el plazo de diez días y difundir el fallo en la web oficial del Poder Judicial provincial, bajo apercibimiento de aplicarle una multa diaria de 100.000 pesos en caso de incumplimiento.
Al fundamentar su decisión, la jueza Courtis recordó que la web no es un "espacio sin ley" y que el derecho a la honorabilidad, a la imagen y a la intimidad debe resguardarse bajo el principio constitucional de no dañar consagrado en el artículo 19 de la Carta Magna. Por su parte, el abogado Arrieta advirtió sobre el peligro de los linchamientos virtuales, recordando que la condena social en internet genera un daño irreparable que, en casos extremos dentro del país, ha empujado a las víctimas a quitarse la vida.