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ACCIDENTE VIAL

Condenaron a un motociclista que atropelló a una mujer en avenida Discépolo

El hombre, de 25 años, circulaba a 44 km/h en una zona donde la máxima permitida era de 30.

Condenaron a un motociclista que atropelló a una mujer en avenida Discépolo

Un motociclista de 25 años fue condenado por un siniestro vial ocurrido en avenida Discépolo, en la ciudad de Salta, luego de reconocer su responsabilidad en el hecho que terminó con una mujer gravemente lesionada. El hombre circulaba a una velocidad superior a la permitida cuando llegó a una intersección y embistió a la peatona, quien sufrió lesiones de carácter permanente.

La condena fue resuelta mediante un juicio abreviado, acuerdo al que arribaron las partes durante una audiencia. El acusado recibió una pena de dos años de prisión de ejecución condicional y tres años de inhabilitación para conducir vehículos con motor.

El hecho ocurrió el 26 de diciembre de 2023, alrededor de las 8, cuando el joven circulaba en una motocicleta por avenida Discépolo, en sentido sur-norte. Al llegar a la intersección con calle Leandro Alem, impactó contra una mujer que atravesaba la bocacalle.

La investigación permitió determinar que, al momento del siniestro, la motocicleta circulaba aproximadamente a 44 kilómetros por hora, pese a que en ese sector la velocidad máxima permitida era de 30 kilómetros por hora.

La diferencia de velocidad fue considerada un factor determinante en la mecánica del accidente, ya que el conductor no habría contado con el margen suficiente para realizar las maniobras necesarias y evitar el impacto con la mujer.

Como consecuencia del choque, la víctima sufrió lesiones de extrema gravedad que le dejaron secuelas de carácter permanente. El caso fue investigado como lesiones gravísimas culposas por conducción imprudente de un vehículo con motor.

Durante la audiencia, el hombre reconoció su responsabilidad por lo ocurrido y aceptó el acuerdo de juicio abreviado. La resolución fue homologada por el juez Gabriel González, quien estableció las condiciones de la condena.

Además de la pena de prisión, que será de cumplimiento condicional, el condenado quedó inhabilitado durante tres años para conducir vehículos con motor. De esta manera, no podrá manejar durante ese período como parte de las consecuencias impuestas por la Justicia a raíz del siniestro vial.

La pena acordada se encuentra dentro de la escala prevista por el artículo 94 bis del Código Penal para el delito por el cual fue acusado.

Durante la audiencia también se informó a los familiares de la víctima sobre los alcances del acuerdo alcanzado entre las partes. Tras conocer las condiciones de la resolución, expresaron su conformidad tanto con la utilización del procedimiento de juicio abreviado como con la pena acordada.

El condenado, por su parte, pidió disculpas por lo sucedido.

Más allá de la resolución penal, la familia de la mujer manifestó su intención de continuar con el reclamo correspondiente por los daños y perjuicios derivados del siniestro. Para avanzar con esa instancia, los familiares acudieron luego a la Defensoría Oficial Civil, donde iniciaron las actuaciones correspondientes por la vía civil.

El caso también tuvo un elemento que fue considerado durante la investigación: después del choque, el motociclista permaneció en el lugar y asistió a la mujer que había resultado herida. Además, se le realizó un test de alcoholemia que dio resultado negativo, con un registro de 0,00%.

De esta manera, la investigación no vinculó el siniestro con el consumo de alcohol, sino con la conducción imprudente y, particularmente, con la velocidad a la que circulaba la motocicleta al atravesar la bocacalle.

El accidente ocurrió en una zona de circulación urbana y durante la mañana, cuando el conductor transitaba por avenida Discépolo. La mujer se encontraba atravesando la intersección con Leandro Alem cuando fue embestida.

El informe criminalístico incorporado a la causa permitió establecer la velocidad aproximada de la motocicleta y reconstruir la dinámica del impacto. Según ese análisis, los 44 kilómetros por hora a los que circulaba el vehículo superaban el límite establecido para ese sector en 14 kilómetros por hora.

La condena cierra la etapa penal del caso mediante un acuerdo de juicio abreviado, aunque la familia de la víctima continuará con el reclamo indemnizatorio por la vía civil.

El episodio vuelve a poner en el centro de la discusión la importancia de respetar las velocidades máximas establecidas en las calles y avenidas de la ciudad de Salta, especialmente en las intersecciones donde el tránsito de vehículos convive con el cruce de peatones.

En este caso, una diferencia de velocidad que puede parecer menor terminó teniendo consecuencias graves para una mujer que sufrió lesiones permanentes. El conductor deberá cumplir ahora las condiciones de la prisión condicional y permanecer tres años sin poder conducir vehículos con motor.


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