El fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial apeló el procesamiento dictado contra el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio "Chiqui" Tapia, el tesorero Pablo Toviggino y otros dirigentes, y pidió que se agrave la acusación en la causa por apropiación indebida de tributos y aportes.
La presentación no cuestiona la existencia del procesamiento, sino su alcance. El fiscal sostuvo que el juez Diego Amarante dejó afuera un componente clave vinculado a retenciones por publicidad en los torneos del fútbol argentino, lo que -según planteó- recorta de manera indebida la maniobra investigada.
El punto en disputa
La causa investiga una presunta retención y omisión de depósito de impuestos y contribuciones por más de $19.000 millones entre 2024 y 2025. En ese esquema, la AFA y la Liga Profesional actuaban como agentes obligados a retener fondos destinados al sistema de seguridad social.
El foco del planteo fiscal está en la exclusión del denominado "subconcepto 551" del impuesto 353, vinculado a los ingresos por patrocinio oficial de los torneos. Sobre esos montos se aplica una alícuota del 7,5%, que luego debe imputarse a aportes previsionales.
Para Navas Rial, ese concepto no es accesorio sino "parte inescindible" del esquema investigado. "El recurso se basa en la alteración de la plataforma fáctica que integra los hechos imputados", sostuvo al cuestionar que el juez haya delimitado de manera "arbitrariamente restrictiva" el alcance del caso.
Críticas al recorte de la acusación
En su apelación, el fiscal advirtió que el análisis judicial fragmentó la maniobra. "Se descartó indebidamente sucesos que integran una única unidad antijurídica", señaló.
El juez Amarante había excluido ese tramo al considerar que "no se verifica que la Asociación del Fútbol Argentino haya actuado como agente de retención o percepción" sobre esos ingresos y que la entidad "ha expedido los respectivos certificados de retención por dicho subconcepto".
El fiscal replicó que esos fondos forman parte del régimen de la seguridad social y que, por su naturaleza, deben ser evaluados de manera integral. "No se cuestiona el procesamiento sino su indebida restricción por el análisis fragmentario de la maniobra", afirmó.
Impacto en embargos y en el monto investigado
El planteo también apunta al efecto concreto de esa exclusión. Según la Fiscalía, dejar afuera las retenciones por publicidad reduce el monto total investigado y achica los embargos fijados.
Para Tapia y Toviggino, el juez estableció embargos de $350 millones. El fiscal sostuvo que, si se incorpora el subconcepto cuestionado, esos montos deberían ser mayores.
Además, advirtió que la decisión judicial implica "una reducción artificial del suceso fáctico base de la imputación" y que puede afectar la reconstrucción completa de los hechos.
Lo que definirá la Cámara
La apelación será analizada por la Sala A de la Cámara en lo Penal Económico, integrada por los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio. Ese tribunal también deberá resolver los planteos de las defensas, que pidieron el sobreseimiento de los acusados.
La Cámara rechazó esta semana un planteo de inexistencia de delito. En esa resolución, los jueces señalaron que "no se puede discutir la existencia del delito por esta vía" y que esa instancia solo procede cuando la inexistencia es "evidente e indudable", lo que -indicaron- no ocurre en este caso.
El fallo que adopte el tribunal definirá el alcance de los procesamientos y el volumen económico de la causa, que podría avanzar hacia juicio oral si se confirman las imputaciones.