La Corte Suprema de Justicia confirmó que Cristina Fernández de Kirchner deberá continuar utilizando la tobillera electrónica mientras cumple prisión domiciliaria en su departamento de la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la condena dictada en la causa Vialidad. La decisión se conoció luego de que el máximo tribunal rechazara un recurso presentado por la defensa de la exmandataria, que buscaba dejar sin efecto el control electrónico y apartar a los jueces que intervinieron en instancias previas.
Con esta resolución, el tribunal integrado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dejó firme la obligación de mantener el dispositivo de monitoreo, al considerar que no existieron argumentos sólidos para cuestionar los fundamentos que llevaron a imponer esa medida. Los magistrados señalaron que el uso de la tobillera responde a una exigencia normativa y cumple una función central en el control judicial de quienes acceden al beneficio de la prisión domiciliaria.
El planteo de la defensa también incluía un pedido para recusar a los jueces de la Corte que habían ratificado, en junio de 2024, la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Sin embargo, el máximo tribunal desestimó ese intento al entender que no se acreditaron causales objetivas que justificaran el apartamiento de los magistrados.
En su fallo, la Corte remarcó que los cuestionamientos presentados no lograron rebatir de manera concreta las decisiones adoptadas previamente por el Tribunal Oral Federal N.º 2 y por la Cámara Federal de Casación Penal. Ambos órganos habían coincidido en la necesidad de sostener el monitoreo electrónico como parte de las condiciones impuestas para el cumplimiento de la pena en el domicilio particular.
Otro de los puntos abordados fue el régimen de visitas. La defensa había solicitado que Cristina Kirchner pudiera recibir visitas de personas ajenas a su círculo íntimo sin necesidad de autorización previa. No obstante, el Tribunal Oral Federal estableció que toda visita que no corresponda a familiares directos, médicos o abogados debe ser justificada y contar con autorización judicial.
Esta restricción fue adoptada a partir de la concurrencia frecuente de personas al edificio donde la expresidenta cumple su prisión domiciliaria, una situación que generó la necesidad de ordenar y controlar el flujo de visitas. Además, la Corte consideró que el reclamo perdió vigencia, ya que el régimen había sido modificado formalmente en noviembre de 2025, por lo que el planteo resultaba abstracto.
En cuanto a las condiciones de permanencia en el inmueble, el juez Jorge Gorini autorizó a la exmandataria a acceder a la terraza del edificio hasta dos horas por día, mientras que el uso del balcón del departamento no tiene limitaciones horarias. Estas disposiciones forman parte del esquema de control establecido para garantizar el cumplimiento efectivo de la pena sin exceder las restricciones propias de la modalidad domiciliaria.
La resolución ratifica que Cristina Kirchner continuará bajo un estricto seguimiento judicial, con controles periódicos cada tres meses y la obligación de respetar todas las pautas fijadas por el tribunal. El uso de la tobillera electrónica se mantiene como una herramienta central para supervisar la restricción ambulatoria, en línea con lo previsto por la normativa vigente.
De este modo, la Corte Suprema volvió a respaldar las decisiones adoptadas en instancias inferiores y cerró una nueva vía de impugnación presentada por la defensa, consolidando el esquema de prisión domiciliaria con monitoreo electrónico que rige sobre la expresidenta en una de las causas judiciales más relevantes de los últimos años.