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Debate judicial

Nuevo revés judicial frena la baja de la edad de imputabilidad

Un fallo porteño sobreseyó a un menor de 14 años por tentativa de robo y sumó un nuevo freno judicial a la aplicación de la ley.

Nuevo revés judicial frena la baja de la edad de imputabilidad

La discusión en torno a la baja de la edad de imputabilidad volvió a encenderse con fuerza tras una nueva decisión judicial que le marca un límite al reciente Régimen Penal Juvenil. Un juzgado de la Ciudad de Buenos Aires declaró inconstitucional la norma en el marco de una causa contra un adolescente de 14 años acusado de tentativa de robo, en lo que representa el segundo pronunciamiento de peso contra la reforma en muy poco tiempo.

El hecho que motivó la resolución ocurrió cuando un hombre de 47 años advirtió la presencia de un grupo de jóvenes en actitud sospechosa al llegar a una esquina. Según consta en el expediente, uno de ellos se le acercó al grito de "Dame todo, dame el celular". La víctima logró escapar corriendo y solicitó ayuda de inmediato a un agente de la Policía de la Ciudad que se encontraba a pocos metros, lo que impidió que la agresión pasara a mayores o se consumara el despojo.

Al analizar el caso, la jueza Laura De Marinis, a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 3, resolvió dictar el sobreseimiento del menor. La magistrada reconoció que el robo implica de por sí un hecho violento que atenta contra la propiedad y la integridad física. Sin embargo, remarcó que las circunstancias específicas de la tentativa demostraron que no existió una afectación real al patrimonio de la víctima, quien solo atravesó el momento de tensión del intento de asalto.

En sus fundamentos, la jueza hizo hincapié en el rol de las instituciones del Estado frente al delito cometido por menores no punibles. Sostuvo que la primera respuesta institucional ante una infracción de este tipo debe orientarse a través de agencias de asistencia y protección de derechos, antes que recurrir de forma directa al castigo penal. Para la magistrada, la baja de la punibilidad no puede operar de forma automática ni regresiva, sino que la privación de la libertad debe mantenerse como la última instancia posible dentro del sistema legal.

Asimismo, la magistrada cuestionó la postura del mundo adulto ante los menores en conflicto con la ley. Planteó que recurrir exclusivamente al encarcelamiento implica desentenderse de las responsabilidades estatales previas respecto a la contención de los adolescentes. Si bien aclaró que no busca atenuar ni romantizar la gravedad de los delitos cometidos por jóvenes, advirtió sobre el peligro de que el fuero penal se convierta en la primera y única respuesta que la sociedad ofrece ante trayectorias de vida complejas.

Este fallo se suma a la reciente medida cautelar dictada por la jueza Marta Pascual en el Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil N° 2 de Lomas de Zamora, donde se resolvió suspender la aplicación de la normativa por un plazo de 60 días. En ese fuero bonaerense, las objeciones se centraron en la falta de condiciones edilicias, técnicas e institucionales necesarias para garantizar un tratamiento acorde a las normativas de derechos humanos de la infancia.

Ambas resoluciones abren un duro interrogante sobre la aplicabilidad del nuevo régimen a nivel nacional. La acumulación de reveses judiciales refleja la enorme grieta entre la sanción de medidas punitivas y la capacidad real del Estado para llevarlas a la práctica sin chocar contra las garantías constitucionales.

 


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