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POLÉMICA JUDICIAL

El exjuez Claudio Parisi recuperó la libertad y podría esperar el juicio fuera de su casa

El exmagistrado de Orán dejó el arresto domiciliario por una resolución que le impuso restricciones de circulación y contacto.

El exjuez Claudio Parisi recuperó la libertad y podría esperar el juicio fuera de su casa

El exjuez de Garantías 2 de Orán, Claudio Alejandro Parisi, recuperó la libertad por una resolución judicial y podría aguardar en esa condición el juicio oral en el que deberá responder por presuntos hechos de corrupción vinculados con su desempeño como magistrado. Hasta ahora, el exfuncionario cumplía arresto domiciliario, pero una decisión notificada durante la noche del lunes dispuso su liberación bajo una serie de condiciones.

La resolución contó con los votos favorables de los jueces Mariano Facundo Gerónimo y Héctor Fernando Mariscal Astigueta. El fallo establece que Parisi no podrá comunicarse con los testigos de la causa ni abandonar el departamento de Orán o salir del país sin autorización judicial. También deberá presentarse periódicamente ante el tribunal, mantener actualizado su domicilio y responder a todas las citaciones que reciba.

La medida provocó cuestionamientos dentro del Ministerio Público Fiscal (MPF), desde donde se objetó tanto el procedimiento seguido para resolver el pedido como la interpretación sobre los plazos de la medida de coerción. La controversia se produce cuando el tribunal encargado de juzgar al exmagistrado acaba de quedar integrado, después de varios meses de demoras por recusaciones e inhibiciones.

La fecha del debate oral todavía no fue establecida, por lo que el proceso penal continúa a la espera de una instancia decisiva para determinar la responsabilidad de Parisi por los delitos que se le atribuyen.

Por qué la Justicia dispuso la liberación de Parisi

Uno de los puntos centrales de la resolución está relacionado con el vencimiento del plazo de prisión preventiva y la ausencia de un pedido fiscal para extenderlo. Según los fundamentos del fallo, esa circunstancia fue determinante para ordenar la libertad del exjuez.

El documento sostiene que, ante la falta de una solicitud del Ministerio Público Fiscal para prorrogar la situación procesal de Parisi, correspondía disponer su inmediata liberación.

Desde el ámbito judicial se explicó que el plazo de la prisión preventiva había concluido y que la Fiscalía no había requerido su extensión. Por su parte, el abogado defensor Guillermo Alberto sostuvo que, según el cálculo realizado por su equipo, el vencimiento se había producido el 2 de octubre.

El defensor aclaró que el vencimiento del plazo no supone necesariamente una liberación automática. En ese sentido, mencionó el artículo 400 del Código Procesal Penal, que contempla la posibilidad de extender excepcionalmente la medida por un año adicional, con la correspondiente notificación a la Corte de Justicia.

“Para nosotros, la defensa, el 2 de octubre se había vencido el plazo, y la Fiscalía no solicitó la prórroga”, sostuvo Alberto al explicar la posición de su representado.

El abogado también señaló que existían diferencias entre las partes respecto de la forma de calcular el tiempo transcurrido bajo las distintas medidas de coerción aplicadas durante el proceso, que comprende tres causas.

La discusión jurídica gira, en parte, en torno a cómo deben computarse esos períodos y qué alcance corresponde asignar a las medidas que fueron dispuestas a lo largo de la investigación.

Malestar en el Ministerio Público Fiscal

La liberación generó fuertes cuestionamientos dentro del Ministerio Público Fiscal, cuyo principal planteo apunta a que la resolución se habría dictado sin darle intervención para que pudiera expresar su posición sobre el pedido de la defensa.

Una fuente del organismo sostuvo que la solicitud de excarcelación fue presentada por los representantes de Parisi y resuelta sin que se corriera vista a la Fiscalía.

“Fue a pedido de parte, a pedido de la defensa, y no le corrieron vista al Ministerio Público Fiscal”, señalaron desde el organismo, donde consideran que esa circunstancia constituye un aspecto especialmente relevante de la controversia.

El MPF también rechaza la interpretación sobre el vencimiento de los plazos que sirvió de fundamento para disponer la libertad. Según la explicación brindada desde ese ámbito, la prisión preventiva había sido sustituida anteriormente por el arresto domiciliario, por lo que consideran que no corresponde aplicar de la manera planteada el límite temporal invocado por la defensa.

“Los dos años son para la preventiva”, fue el argumento expresado desde el organismo para diferenciar ambas medidas.

Desde esa perspectiva, la sustitución de la prisión preventiva por una modalidad de arresto domiciliario debe ser considerada al analizar la situación procesal del acusado y la vigencia de las restricciones impuestas.

De esta manera, la resolución abrió una nueva controversia entre la defensa y la acusación, con posiciones contrapuestas sobre el cómputo de los plazos, la necesidad de una prórroga y el procedimiento utilizado para resolver el pedido de libertad.

Las restricciones que deberá cumplir el exmagistrado

Aunque recuperó la libertad, Parisi no quedó habilitado para desplazarse sin limitaciones. La resolución judicial establece una serie de obligaciones destinadas a garantizar que permanezca a disposición de la Justicia mientras espera el avance de la causa.

Entre las condiciones fijadas se encuentra la prohibición de mantener contacto con los testigos del expediente por cualquier medio. La restricción también alcanza a los mensajes o comunicaciones que pudieran transmitirse a través de terceras personas.

Además, el exjuez deberá presentarse ante el tribunal cada 30 días, fijar un domicilio y comunicar cualquier modificación. También tendrá que comparecer cada vez que sea citado por las autoridades judiciales.

La resolución contempla consecuencias ante un eventual incumplimiento. En ese supuesto, podría ordenarse su detención inmediata, siempre que exista un requerimiento razonable del Ministerio Público Fiscal en los términos establecidos por la decisión.

Las condiciones buscan asegurar que el acusado no interfiera en el proceso ni eluda la acción de la Justicia. Su cumplimiento será relevante mientras se aguarda la fijación de la fecha para el debate oral.

De qué se acusa al exjuez de Orán

Parisi está acusado de dos hechos de cohecho pasivo agravado, incumplimiento y omisión de los deberes de funcionario público, en concurso real. La acusación está vinculada con presuntas irregularidades cometidas durante su desempeño como juez de Garantías 2 de Orán.

Uno de los episodios investigados se relaciona con el arresto domiciliario concedido a César Daniel, conocido como “Oreja” Martínez, quien se encontraba imputado por tentativa de femicidio.

Según la hipótesis sostenida por la Fiscalía, el entonces magistrado habría recibido dinero a cambio de otorgarle ese beneficio procesal. Martínez fue asesinado posteriormente frente a la vivienda en la que cumplía el arresto domiciliario.

Estos hechos forman parte de la investigación que deberá ser examinada durante el juicio oral. La acusación deberá sostener sus planteos y la defensa tendrá la posibilidad de presentar sus argumentos ante el tribunal que intervenga en el debate.

La responsabilidad penal de Parisi por los delitos que se le atribuyen todavía debe ser determinada judicialmente. Por lo tanto, la liberación dispuesta en esta instancia no implica una resolución sobre su culpabilidad o inocencia respecto de las acusaciones.

Nueve meses de demoras para conformar el tribunal

La situación procesal del exjuez se desarrolla en paralelo a las dificultades que atravesó la conformación del tribunal encargado de juzgarlo. La integración definitiva del órgano judicial demandó aproximadamente nueve meses, según los reclamos realizados por la Unidad Fiscal.

El tribunal quedó integrado recientemente por Mariano Facundo Gerónimo, Marcelo Amado Alvarado y Héctor Fernando Mariscal Astigueta, luego de una sucesión de recusaciones e inhibiciones que demoraron la definición de los magistrados que debían intervenir en el debate.

Los fiscales Daniela Murúa, Mariana Torres y Daniel Espilocín habían reclamado que se completara la integración para avanzar con el juicio. En ese marco, presentaron pedidos de pronto despacho el 7 de abril y el 7 de septiembre de 2026.

Ante la falta de una resolución que permitiera destrabar el proceso, el 28 de septiembre acudieron a la Corte de Justicia de Salta mediante una queja por retardo de justicia.

El conflicto se originó después de que, en diciembre de 2025, una magistrada homologara un acuerdo de juicio abreviado y condenara a otros cuatro imputados en la misma causa. Como todavía quedaba pendiente el juzgamiento de Parisi, la Fiscalía promovió el apartamiento de esa jueza para preservar la imparcialidad del proceso.

Las posteriores recusaciones e inhibiciones extendieron los tiempos necesarios para conformar el tribunal definitivo.

En sus presentaciones, los fiscales advirtieron que las demoras perjudicaban el funcionamiento de la administración de Justicia y comprometían el derecho del propio acusado a obtener una resolución dentro de un plazo razonable.

Parisi fue destituido e inhabilitado por ocho años

La situación judicial del exmagistrado también tiene antecedentes en el ámbito institucional. El 12 de diciembre de 2024, Parisi fue destituido por decisión unánime del Jurado de Enjuiciamiento, que además dispuso su inhabilitación para ejercer cargos públicos durante ocho años.

Esa sanción corresponde al ámbito de la responsabilidad institucional y es independiente de la responsabilidad penal que deberá determinarse en el juicio pendiente.

Ahora, con el tribunal finalmente integrado y la liberación sujeta a condiciones, la causa ingresa en una etapa en la que resta establecer cuándo comenzará el debate oral. La fecha todavía no fue anunciada y la discusión sobre la medida de coerción sumó un nuevo capítulo a un expediente que lleva meses de demoras.

Mientras la defensa sostiene que el plazo de la prisión preventiva había vencido y que no se solicitó su prórroga, el Ministerio Público Fiscal cuestiona tanto el procedimiento como el criterio utilizado para ordenar la liberación.

El avance de las actuaciones y las decisiones que adopte el tribunal serán determinantes para establecer los próximos pasos de una causa que mantiene la atención sobre la Justicia salteña y el funcionamiento de las instituciones judiciales en el norte provincial.


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