Algunos beneficiarios que sean titulares de un programa de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) cobrarán una ayuda económica en los últimos días del mes.
Sin embargo, no todos los jubilados del organismo previsional recibirán el bono extraordinario en septiembre.
Quiénes pueden cobrar la Prestación por Desempleo
La Prestación por Desempleo está dirigida principalmente a trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos o finalizaron su vínculo laboral bajo determinadas circunstancias.
Pueden solicitarla quienes hayan quedado sin trabajo por:
- Despido sin causa
- Finalización de contrato laboral
- Cierre o quiebre de la empresa
- Renuncia por una causa justificada.
Sin embargo, no alcanza con haber perdido el empleo. Para acceder es necesario contar con una determinada cantidad de aportes registrados durante los años previos a la situación de desempleo:
- Permanentes: al menos seis meses de aportes en los últimos 3 años.
- Eventuales o de temporada: mínimo 12 meses trabajados en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año.
Cuánto cobro por la Prestación por Desempleo
El monto de la Prestación por Desempleo no es igual para todos los beneficiarios, ya que se calcula de acuerdo con la remuneración que percibía el trabajador antes de quedar desempleado.
La normativa establece que el beneficio equivale al 75% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador durante los seis meses anteriores al cese laboral.
En todos los casos, la prestación tiene límites:
- Monto mínimo: $191.800.
- Monto máximo: $383.800.
El piso equivale al 50% del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente en septiembre, mientras que el tope corresponde al 100% de ese salario.
Cuándo cobro la Prestación por Desempleo de la Anses
- DNI terminados en 0 y 1: 22 de septiembre
- DNI terminados en 2 y 3: 23 de septiembre
- DNI terminados en 4 y 5: 24 de septiembre
- DNI terminados en 6 y 7: 25 de septiembre
- DNI terminados en 8 y 9: 28 de septiembre