MÁS DE SOCIEDAD



Aguinaldo

Cuando es la fecha límite para cobrar el aguinaldo: no es el 18 de diciembre

La ley fija un plazo formal, pero existe un margen adicional que extiende el pago del SAC hasta pocos días antes de Navidad.

Cuando es la fecha límite para cobrar el aguinaldo: no es el 18 de diciembre

Con la llegada de diciembre, el cobro del aguinaldo se convierte en una de las principales consultas de trabajadores, jubilados y pensionados. Aunque muchos creen que el 18 de diciembre marca el cierre definitivo para el pago, la normativa laboral contempla una extensión que modifica ese calendario.

 

La legislación vigente establece una fecha formal para la liquidación de la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC), pero también habilita un período adicional que amplía el plazo real de acreditación. Este detalle resulta clave para entender cuándo vence efectivamente el derecho a percibir el aguinaldo.

El plazo legal y la prórroga que cambia el calendario

La ley dispone que el aguinaldo de diciembre debe abonarse hasta el 18 de diciembre. Sin embargo, el régimen incorpora un margen operativo de cuatro días hábiles posteriores, que permite a los empleadores extender el pago sin incurrir en incumplimientos.

En 2025, este período adicional desplaza el límite final hasta el 24 de diciembre, convirtiendo a esa fecha en el último día válido para depositar el SAC. Esta flexibilidad se aplica tanto en el sector privado como en buena parte del sector público, salvo regímenes específicos.

Qué pasa con jubilados y pensionados

En el caso de jubilados y pensionados, el aguinaldo suele acreditarse junto con el haber mensual, de acuerdo con el cronograma oficial que organiza la Anses según la terminación del DNI.

Esto implica que, para este grupo, el pago puede no coincidir exactamente con el 18 ni con el 24 de diciembre, sino con la fecha habitual de cobro del beneficio previsional. Aun así, el derecho al aguinaldo se mantiene intacto dentro del esquema general.

Cómo se calcula el aguinaldo de diciembre

El Sueldo Anual Complementario se paga en dos tramos anuales: uno en junio y otro en diciembre. Cada cuota representa el 50% del salario mensual más alto percibido durante el semestre correspondiente.

Para la segunda cuota, se toma como referencia el período que va de julio a diciembre. El empleador debe identificar cuál fue el mejor ingreso mensual dentro de esos seis meses y aplicar la mitad de ese monto como aguinaldo.

Al momento de calcular el aguinaldo, se consideran únicamente los conceptos remunerativos habituales. Entre ellos se incluyen:

  • Salario básico.
  • Adicionales por antigüedad.
  • Presentismo, cuando tiene carácter remunerativo.
  • Horas extras y comisiones habituales.

Quedan excluidos del cálculo los bonos extraordinarios no remunerativos, gratificaciones por única vez y refuerzos especiales que no integran el salario.

Aguinaldo proporcional: cuándo corresponde

Si una persona comenzó a trabajar durante el semestre o no completó los seis meses, el aguinaldo se calcula de manera proporcional. En estos casos, se toma el salario más alto del período trabajado y se ajusta según la cantidad de meses efectivamente prestados.


¿Te gustó la noticia? Compartíla!