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Blanqueo de capitales: no pagarán quienes regularicen hasta US$ 100.000

La alícuota comenzará en 0% y la máxima será 15%. El impuesto se pagará un 75% por adelantado.

Blanqueo de capitales: no pagarán quienes regularicen hasta US$ 100.000

El Gobierno dispuso un amplio "blanqueo" de capitales en etapas en el proyecto de ley ombnibus que envió esta tarde al Congreso. Según el nuevo mecanismo, quienes regularicen activos no declarados hasta los US$ 100.000 no tributarán nada, mientras que aquellos que ingresen bienes por más de US$ 100.000 en la última etapa pagarán un "impuesto especial" del 15%.

 

La normativa apuesta a engrosar las reservas y robustecer la recaudación. En ese marco, el plazo para adherir al régimen será hasta el 30 de noviembre de 2024, con tres etapas y una escala progresiva de alícuotas: desde la entrada en vigencia hasta el 31 de mayo será del 5%; desde el 1 de abril hasta el 3 de agosto, del 10%; y desde el 1 de julio hasta el 31 de noviembre, del 15%.

Las alícuotas progresivas también se aplicarán respectivamente en caso de que un mismo contribuyente exteriorizara activos en diferentes etapas. En cambio, quienes blanqueen hasta US$ 100.000 en cualquiera de las tres etapas no pagarán ningún impuesto.

Los bienes alcanzados son inmuebles, bienes muebles, dinero en efectivo, inversiones financieras, tenencia de acciones en sociedades cerradas del país o del exterior, créditos e intangibles. Se excluyen las tenencias de moneda o títulos valores en el exterior depositadas o que se ubiquen en jurisdicciones o países identificados por el Grupo de Acción Financiera (GAFI) como de Alto Riesgo o No Cooperantes.

El impuesto especial se calculará considerando el valor de mercado del bien al 30 de noviembre de 2023. Se determinará e ingresará en dólares estadounidenses y para los bienes del país cuya valuación se determinará en moneda nacional el Ejecutivo podrá fijar el tipo de cambio en hasta un 30% por encima del valor oficial para la fecha de regularización.

Para adherir, habrá que pagar por adelantado un importe no menor al 75% del impuesto especial en cada etapa. Si una vez presentada la declaración jurada y determinado el total del impuesto se advirtiera que el pago adelantado fue inferior a ese porcentaje, podrá mantener los beneficios ingresando el saldo pendiente por los bienes regularizados en esa Etapa incrementado en un 100%.

El contribuyente que adhiera gozará de los siguientes beneficios:

  •     Se lo exime de toda obligación tributaria previa, incluso el “Impuesto a la Riqueza”.
  •     Se lo libera de las acciones civiles y/o penales.
  •     Se lo libera de las obligaciones sobre bienes o tenencia que hubieran poseído con anterioridad al 30 de noviembre de 2023 (inexistentes a la fecha de preexistencia por enajenación, consumo, donación, etc.) y que “no” se hubieran declarado
  •     De detectarse bienes no declarados no se pierden los beneficios sobre los exteriorizados, sino únicamente lo previsto en el ítem anterior en la medida que supere el nivel de tolerancia que seguidamente se explica
  •     Por bienes no declarados o deficientemente exteriorizados cuyos valores no superen el umbral de tolerancia que fije el Poder Ejecutivo (porcentaje que oscilará entre un 10% y 25% del monto efectivamente exteriorizado) se conservarán todos los beneficios

Argentina ya dispuso al menos siete blanqueos desde el retorno de la democracia. La gestión de Cristina Kircher blanqueó US$ 4.700 millones en 2009 y US$ 2.600 millones entre 2013 y 2015. El más ambicioso fue el de Mauricio Macri, con la regularización de US$ 100.000 millones. Sergio Massa impulsó un régimen de blanqueo en la construcción.

En la mayoría de los casos, la recaudación representó no más del 5% de lo declarado. El blanqueo, la moratoria y el adelanto en Bienes Personales equivalen a US$ 2.500 millones (0,5% del PBI). En medio de la negociación con el FMI, el Gobierno busca ampliar la recaudación para alcanzar el equilibrio fiscal en 2024 y sumar dólares para acumular reservas.


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