Un hombre de 29 años fue condenado en Salta a nueve años y tres meses de prisión efectiva por abusar sexualmente de su prima mientras ella dormía junto a su hijo.
El fallo fue dictado por la Sala V del Tribunal de Juicio del Distrito Judicial del Centro, que lo declaró culpable del delito de abuso sexual con acceso carnal y además revocó una condena condicional previa que pesaba en su contra.
La causa fue impulsada por el fiscal penal interino de la Unidad de Delitos contra la Integridad Sexual 2, Ricardo Daniel Espilocín, quien representó al Ministerio Público Fiscal durante el debate oral. Tras analizar las pruebas y los testimonios incorporados al expediente, el tribunal consideró acreditada la responsabilidad penal del acusado.
De acuerdo a la investigación judicial, el hecho ocurrió en el marco de una reunión de amigos en el domicilio del imputado. La víctima, que es prima del acusado, asistió al encuentro y cerca de las 3 de la madrugada decidió acostarse a dormir junto a su hijo en una de las habitaciones de la vivienda. Según su relato, el hombre le manifestó que él descansaría en otro sector del inmueble.
Sin embargo, horas más tarde, la mujer se despertó sobresaltada al advertir que estaba siendo abusada sexualmente. La situación generó un profundo estado de conmoción, y tras lograr apartarse del agresor, decidió abandonar el lugar de inmediato.
La damnificada se dirigió a la casa de su madre, donde pidió ayuda. Familiares la acompañaron posteriormente a recibir asistencia médica y contención. A partir de allí se activó el protocolo correspondiente para casos de abuso sexual en la provincia de Salta, con intervención de la Fiscalía especializada.
Durante el juicio, se valoró el testimonio de la víctima como pieza central de la acusación, junto con los informes médicos y psicológicos incorporados a la causa. El tribunal entendió que existieron elementos suficientes para tener por acreditado el abuso y dictar una condena de seis años y tres meses de prisión efectiva por el delito de abuso sexual con acceso carnal.
Además, en el mismo fallo, la jueza Mónica Faber resolvió revocar la condicionalidad de una pena anterior que el acusado había recibido por un delito de robo agravado. Al unificar ambas condenas, se estableció una pena única de nueve años y tres meses de prisión de cumplimiento efectivo.
La decisión judicial implica que el condenado deberá cumplir la totalidad de la pena en un establecimiento penitenciario, sin posibilidad de acceder a beneficios propios de las condenas condicionales. La revocación de la pena previa fue fundamentada en el incumplimiento de las reglas de conducta impuestas oportunamente y en la comisión de un nuevo delito grave.