El nuevo régimen penal juvenil comenzará a regir este sábado 5 de septiembre y establece cambios centrales en el tratamiento judicial de los adolescentes acusados de cometer delitos. Entre sus principales modificaciones, fija la posibilidad de juzgar a menores desde los 14 años.
La Ley 27.801 reemplaza el esquema establecido por la Ley 22.278, vigente desde la década de 1980, y establece nuevas pautas para la investigación, el juzgamiento y las sanciones aplicables a menores de edad.
El nuevo sistema contempla penas para adolescentes de entre 14 y 17 años que sean declarados responsables de determinados delitos. Las condenas podrán alcanzar hasta los 15 años, de acuerdo con las características y gravedad del hecho cometido.
Entre las sanciones previstas aparecen las amonestaciones, la prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima, restricciones para conducir, la prohibición de concurrir a determinados lugares, la imposibilidad de salir del país o de su lugar de residencia y la realización de tareas comunitarias.
También se incorpora el monitoreo electrónico y la reparación integral del daño. En los casos más graves, podrá aplicarse una pena privativa de la libertad en el domicilio, en un instituto abierto o en un establecimiento especializado.
La normativa establece además que los adolescentes detenidos deberán permanecer en espacios acondicionados específicamente para menores y no podrán compartir alojamiento con personas adultas.
Otro de los puntos centrales está relacionado con la educación y la reinserción. Los jóvenes sometidos al régimen tendrán acceso a programas destinados a completar sus estudios obligatorios, capacitación laboral, formación ciudadana y actividades deportivas.
La ley también mantiene la protección de la identidad de los menores involucrados en causas penales. No podrán difundirse sus nombres, fotografías ni otros datos que permitan identificarlos, como su domicilio, filiación o parentesco.
En cuanto a las penas de prisión, el régimen contempla alternativas cuando la condena no supera los tres años. También permite evitar la detención en determinados casos con penas de entre tres y diez años, siempre que no se trate de hechos con resultado de muerte, violencia grave contra las personas y se cumplan las demás condiciones previstas por la normativa.
El objetivo declarado del nuevo sistema es que el adolescente asuma responsabilidad por el delito cometido y, al mismo tiempo, pueda avanzar en su educación, formación y reinserción social.
Además, quienes hayan cumplido dos tercios de una pena de detención podrán acceder a una modalidad alternativa de cumplimiento cuando reúnan las condiciones previstas para la libertad condicional.
El incumplimiento injustificado de una sanción alternativa también tendrá consecuencias: el juez podrá reemplazarla por una pena más severa.