El jueves, el Tribunal de Impugnación de Salta resolvió otorgar la libertad inmediata a Gustavo Oscar Zanchetta, exobispo de Orán condenado en 2022 a cuatro años y seis meses de prisión por abuso sexual agravado. La decisión generó un fuerte impacto en la provincia, ya que el caso había marcado un antes y un después en la Justicia local al tratarse de un miembro de alto rango de la Iglesia Católica.
Si bien la Sala IV declaró formalmente inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Zanchetta —por haber sido interpuesto fuera de los plazos legales—, entendió que la cuestión de fondo, la libertad ambulatoria, no podía quedar al margen. En ese sentido, el tribunal subrayó que la sentencia aún no está firme, lo que impide aplicar plenamente la Ley de Ejecución de Penas y mantiene vigente el principio de inocencia.
Los abogados defensores, Horacio José Aguilar y Sebastián Schmidt Dodds, habían solicitado la excarcelación luego de que el Tribunal de Juicio Sala II de Orán rechazara un pedido previo. Plantearon que, al no estar firme la condena, correspondía aplicar criterios de prisión preventiva en lugar de los de ejecución de la pena. También destacaron la edad y el estado de salud del exobispo, así como los informes interdisciplinarios que recomendaron un tratamiento psicológico en lugar de advertir peligrosidad.
Entre los argumentos de la defensa se señaló que no existían riesgos procesales, dado que la investigación estaba concluida y que no había posibilidades de entorpecer el proceso. En esa línea, criticaron la resolución anterior por interpretar de manera restrictiva los estudios técnicos que avalaban la necesidad de acompañamiento terapéutico.
La Fiscalía de Impugnación Nº 2, en cambio, había observado que la vía elegida por los defensores no era la correcta, ya que contra resoluciones sobre libertad corresponde el recurso de apelación previsto en el Código Procesal Penal. Además, remarcó que el recurso fue presentado fuera del plazo legal: la notificación se había realizado el 6 de agosto de 2025 y la presentación recién ocurrió el 18 del mismo mes, superando los cinco días hábiles previstos por la normativa.
La Sala IV coincidió en que los plazos procesales no fueron respetados y declaró inadmisible la impugnación. Sin embargo, los jueces consideraron que el tema de la libertad personal debía analizarse desde una perspectiva constitucional, al estar en juego un derecho fundamental. Por ese motivo, y pese a las irregularidades procesales, ordenaron la excarcelación de Zanchetta bajo reglas de conducta específicas, entre ellas el compromiso de someterse a tratamiento psicológico.
El fallo deja en evidencia la tensión permanente entre el cumplimiento estricto de las formalidades procesales y la protección de derechos constitucionales, especialmente cuando la condena todavía no alcanzó firmeza. Para los magistrados, la libertad ambulatoria constituye un bien jurídico de interés público que no podía ser ignorado.
El caso Zanchetta continúa generando debate en Salta y en todo el país. El exobispo fue uno de los primeros jerarcas de la Iglesia en ser condenado por abuso sexual agravado en la Argentina, lo que en su momento representó un hito en la lucha contra la impunidad de los delitos cometidos en ámbitos eclesiásticos. La sentencia dictada en 2022 lo condenó a cuatro años y medio de prisión, aunque la defensa insistió desde el inicio en cuestionar la solidez del proceso y en remarcar que aún quedan instancias judiciales pendientes.
La resolución del Tribunal de Impugnación, además de liberar a Zanchetta, refuerza la idea de que mientras no haya una sentencia firme, los criterios aplicables deben estar vinculados a la prisión preventiva y no a la ejecución de la pena. Esa distinción es clave en el sistema penal argentino y genera un precedente en causas donde los tiempos de la Justicia y los recursos presentados pueden extender los procesos durante años.
En el plano social, la noticia repercute de manera sensible en Orán y en la provincia de Salta. Para las víctimas y sectores que acompañaron la denuncia, la decisión judicial representa un retroceso en la búsqueda de justicia, mientras que otros sectores interpretan el fallo como un recordatorio de que el principio de inocencia debe regir hasta la confirmación definitiva de una condena.
Zanchetta, que en 2017 había renunciado a la diócesis de Orán alegando motivos de salud y luego fue trasladado a cargos en el Vaticano, permanece en el centro de la escena judicial y social. Con esta decisión, queda en libertad hasta tanto la Corte de Justicia de Salta o instancias superiores definan sobre los recursos pendientes y se avance hacia la firmeza de la condena.
El futuro inmediato del caso estará marcado por la presentación de la defensa en la vía de inconstitucionalidad y por los controles sobre el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas por el tribunal. En este sentido, la exigencia de tratamiento psicológico será un punto a seguir de cerca, ya que se trata de una medida que busca acompañar la situación personal del exobispo y, al mismo tiempo, resguardar a la comunidad.
El fallo del Tribunal de Impugnación de Salta no solo define la situación de Zanchetta, sino que también plantea interrogantes más amplios sobre la aplicación de la justicia en casos de alto impacto social. Entre la rigurosidad de los plazos procesales y la necesidad de garantizar derechos constitucionales, la resolución abre un debate que excede a la persona del exobispo y que toca el corazón mismo del sistema judicial argentino.