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Qué pasa si trabajás el 17 de junio en Salta: cómo se paga y cuál es la diferencia con el feriado de Güemes

La Subsecretaría de Trabajo aclaró cómo se aplicará la normativa durante los homenajes al General Martín Miguel de Güemes.

Qué pasa si trabajás el 17 de junio en Salta: cómo se paga y cuál es la diferencia con el feriado de Güemes

Con la llegada de una de las fechas más significativas para la historia salteña, surgieron dudas entre trabajadores y empleadores sobre cómo se aplicarán las disposiciones laborales vinculadas al Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes. Ante esta situación, la Subsecretaría de Trabajo de Salta brindó precisiones sobre el alcance del feriado nacional y la jornada del 17 de junio dentro del territorio provincial.

La aclaración resulta especialmente importante para el sector privado, ya que las condiciones laborales varían según se trate de un feriado nacional o de un día no laborable, generando diferencias tanto en la obligación de prestar servicios como en la forma en que debe liquidarse el salario.

Según recordaron desde el organismo provincial, el 17 de junio posee una relevancia histórica y cultural única para Salta. La fecha conmemora el fallecimiento del General Martín Miguel de Güemes, figura central en la defensa del norte argentino durante las luchas por la Independencia.

En el ámbito provincial, la Ley N.º 5.032 estableció al 17 de junio como feriado en homenaje al héroe gaucho. Posteriormente, la Ley Nacional N.º 27.258 incorporó esta conmemoración al calendario oficial de feriados nacionales de la Argentina.

Sin embargo, la aplicación práctica de la normativa presenta algunas particularidades que generan consultas cada año, especialmente cuando la fecha coincide con un día hábil en mitad de semana.

¿Por qué el feriado nacional se traslada al lunes?

La respuesta se encuentra en la Ley Nacional N.º 27.399, que regula el régimen de feriados y días no laborables en el país. La normativa determina cuáles son los feriados trasladables y establece los criterios para modificar su fecha con el objetivo de favorecer el turismo interno y la organización de los descansos.

En este caso, el feriado nacional correspondiente al Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes tiene carácter trasladable. Por esa razón, al caer un miércoles en 2026, el descanso nacional se adelanta al lunes 15 de junio.

Esto significa que, en todo el territorio argentino, el lunes 15 será considerado feriado nacional a todos los efectos legales.

¿Qué ocurre el miércoles 17 de junio en Salta?

La situación cambia cuando se analiza específicamente lo que sucederá dentro de la provincia.

Desde la Subsecretaría de Trabajo explicaron que, debido a la trascendencia histórica que tiene la figura de Güemes para los salteños, el 17 de junio mantiene una condición especial en el ámbito local.

No obstante, para los trabajadores comprendidos dentro del sector privado, la jornada será considerada como un día no laborable y no como un feriado nacional.

Esto implica que la decisión final sobre la prestación de tareas quedará a criterio del empleador, de acuerdo con lo establecido por la Ley de Contrato de Trabajo para este tipo de situaciones.

En otras palabras, las empresas y establecimientos privados podrán optar por abrir normalmente o suspender sus actividades durante esa jornada.

¿Cómo se paga si se trabaja?

Uno de los puntos que más consultas genera está relacionado con la liquidación salarial.

La diferencia entre un feriado nacional y un día no laborable tiene consecuencias directas en el recibo de sueldo.

En el caso del lunes 15 de junio, al tratarse de un feriado nacional trasladado, aquellos trabajadores que deban prestar servicios durante esa jornada deberán percibir la remuneración correspondiente con el recargo previsto por la legislación vigente.

Es decir, el trabajo realizado durante un feriado nacional se paga con un adicional especial establecido por ley.

En cambio, el miércoles 17 de junio, al ser considerado un día no laborable en el ámbito privado salteño, la situación es distinta.

Si el empleador decide que la actividad se desarrollará normalmente, el trabajador deberá cumplir con sus funciones habituales y percibirá su salario ordinario, sin ningún tipo de recargo adicional por esa jornada.

Por el contrario, si la empresa determina que no habrá actividad, el personal quedará eximido de concurrir a sus lugares de trabajo.

Desde la Subsecretaría remarcaron que estas disposiciones corresponden al régimen general, aunque pueden existir excepciones según la actividad desarrollada o los acuerdos vigentes en cada sector.

Convenios colectivos y acuerdos particulares

Las autoridades laborales señalaron que algunos convenios colectivos de trabajo contemplan condiciones específicas respecto de los feriados provinciales o días no laborables.

Por ese motivo, recomendaron a trabajadores y empleadores revisar las disposiciones particulares aplicables a cada rubro antes de adoptar decisiones vinculadas a la organización de las tareas o a la liquidación de haberes.

Esta recomendación alcanza especialmente a actividades como el comercio, la gastronomía, la salud, los servicios esenciales y otros sectores que suelen presentar modalidades diferenciadas de prestación laboral.

La figura del General Martín Miguel de Güemes ocupa un lugar central en la identidad histórica y cultural de Salta. Cada 17 de junio, miles de salteños participan de actos oficiales, guardias bajo las estrellas y homenajes organizados en distintos puntos de la provincia para recordar el legado del líder gaucho.

Por eso, más allá de las cuestiones administrativas y laborales, la fecha conserva un profundo significado para la comunidad salteña.

En definitiva, el lunes 15 de junio será feriado nacional en todo el país y quienes trabajen deberán cobrar con el adicional correspondiente. En tanto, el miércoles 17 de junio continuará siendo una jornada especial en Salta, aunque para el sector privado tendrá el carácter de día no laborable, por lo que la decisión de trabajar o no dependerá de cada empleador y, en caso de prestar servicios, la remuneración será la habitual.

Ante cualquier duda, la recomendación oficial es consultar las condiciones específicas previstas en cada convenio colectivo o acuerdo sectorial para evitar interpretaciones erróneas y garantizar el cumplimiento de la normativa vigente.


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