El Gobierno de la República Argentina presentó un escrito ante el Tribunal del Distrito Sur de Manhattan, presidido por la jueza Loretta Preska, solicitando la suspensión de la ejecución de la sentencia que ordena la transferencia del 51% de las acciones de YPF S.A. a los beneficiarios de un litigio, en espera de la resolución de la apelación interpuesta en enero de 2024 ante la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York.
La apelación cuestiona la sentencia de fondo dictada en primera instancia, en el marco de una demanda por más de US$16.000 millones iniciada por los fondos Burford Capital y Eton Park, quienes alegan irregularidades en la expropiación de YPF en 2012.
En su presentación, Argentina argumenta que la orden de transferencia de acciones dictada por la jueza Preska excede la jurisdicción de los tribunales estadounidenses, al tratarse de activos regulados por el derecho argentino y registrados en la Caja de Valores de Buenos Aires. La Ley 26.741, que declara a YPF como un activo estratégico y establece la obligación de mantener una participación estatal mayoritaria, prohíbe cualquier transferencia accionaria sin autorización del Congreso Nacional.
El Ejecutivo sostiene que la ejecución de la sentencia implicaría un "daño irreparable" a los intereses soberanos del país, dado el rol crítico de YPF como principal empresa energética, con más de 23.000 empleados y un impacto económico y estratégico significativo. El escrito enfatiza que la ejecución de una sentencia parcial, mientras la apelación sobre el fondo del caso está pendiente, contravendría principios fundamentales del derecho internacional y el debido proceso.
Los representantes legales de Argentina advirtieron que, de concretarse la transferencia de acciones, los demandantes podrían venderlas —como ya han manifestado en sus presentaciones—, generando un perjuicio irreversible, incluso si el Segundo Circuito revoca posteriormente el fallo. En este contexto, el Gobierno solicitó una suspensión provisional (interim stay) hasta que la Corte de Apelaciones determine si otorga una medida cautelar más amplia, invocando la necesidad de proteger los intereses soberanos y el orden público argentino.
Argentina también cuestiona la metodología de cálculo de la indemnización establecida en el fallo, argumentando que factores como la fecha de valoración de las acciones, el tipo de cambio aplicado y el precio de mercado al momento de la expropiación podrían alterar significativamente la suma reclamada. El Ejecutivo no ofreció garantías financieras, como bonos o activos, para suspender la ejecución, manteniendo una postura firme contra cualquier cesión de control de YPF o pagos anticipados. En cambio, subrayó que cualquier enajenación de las acciones requeriría una ley del Congreso, conforme al marco jurídico argentino.
El Gobierno anticipó que, en caso de que la jueza Preska deniegue la solicitud de suspensión, acudirá de inmediato al Segundo Circuito para solicitar una medida de urgencia que frene la ejecución. Asimismo, mantiene su rechazo a un acuerdo extrajudicial, afirmando que las negociaciones con los demandantes están "congeladas" y que el litigio se definirá en la instancia de apelación, con una audiencia pública prevista para septiembre de 2025 tras simulacros realizados en febrero.
Argentina sostiene que la orden de ejecución no solo vulnera su legislación interna, sino que también establece un precedente preocupante en el derecho internacional al ignorar la soberanía de un Estado sobre sus activos estratégicos. En este sentido, el Ejecutivo confía en que la Corte de Apelaciones revisará los fundamentos sustantivos de su apelación, incluyendo la falta de jurisdicción de los tribunales estadounidenses sobre las acciones de YPF y las posibles inconsistencias en el cálculo de la indemnización, para revertir el fallo de primera instancia.
La resolución de la jueza Preska, esperada en los próximos días, será determinante para los próximos pasos en este litigio de alto impacto económico y político.