La Justicia federal ordenó al Gobierno nacional realizar de manera inmediata las obras necesarias para garantizar la plena transitabilidad de las rutas nacionales 7, 8 y 33, en el sur de Santa Fe.
La resolución fue dictada por el juez federal de Venado Tuerto, Aurelio Cuello Murúa, quien cuestionó la falta prolongada de mantenimiento y conservación de los corredores viales y consideró que existió una omisión estatal manifiesta.
El fallo surgió a partir de un amparo presentado en marzo de 2025 contra la Dirección Nacional de Vialidad. El magistrado estableció que el Estado deberá garantizar las reparaciones, ya sea a través de Vialidad Nacional o del organismo que eventualmente asuma sus funciones.
Uno de los puntos centrales de la resolución es que la responsabilidad estatal no desaparece si las tareas son realizadas por empresas privadas. En otras palabras, una eventual concesión de las rutas no podrá utilizarse como argumento para postergar los trabajos necesarios.
La decisión se conoce en medio del proceso de reorganización y nuevas adjudicaciones de la Red Federal de Concesiones. En ese contexto, el juez sostuvo que los cambios en los contratos no modifican la obligación del Estado de asegurar condiciones adecuadas de circulación y seguridad vial.
El caso tiene además un antecedente reciente. Una medida cautelar había obligado previamente a Vialidad Nacional a señalizar los sectores deteriorados, disponer desvíos cuando fueran necesarios y realizar tareas de bacheo y relleno.
Sin embargo, el cumplimiento de esas medidas fue parcial. En marzo de 2026, Vialidad reconoció dificultades para retomar trabajos sobre la Ruta 33 debido a la falta de autorizaciones y a la necesidad de contar con una ampliación presupuestaria.
El organismo también había señalado restricciones financieras que impedían desarrollar con normalidad las tareas básicas de conservación de la red vial.
Para el juez, las demoras no pueden atribuirse únicamente a cuestiones administrativas o presupuestarias. La resolución cuestionó la intervención de distintos organismos nacionales y concluyó que existieron incumplimientos dentro de sus respectivas competencias.
De esta manera, el fallo establece que el Gobierno nacional debe garantizar la recuperación de las rutas 7, 8 y 33, sin importar qué organismo o empresa quede finalmente a cargo de ejecutar las obras.
La decisión vuelve a poner en el centro de la discusión el estado de las rutas nacionales y la responsabilidad del Estado frente al mantenimiento de corredores clave para el transporte, la producción y la circulación.