La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por “inadmisibles” los recursos extraordinarios presentados por Cristina Kirchner y de sus hijos, Máximo y Florencia, contra el decomiso ordenado en la causa Vialidad.
La decisión fue adoptada por los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña y Mariano Borinsky. El decomiso abarca un total de 111 bienes —incluidas propiedades de la exmandataria, de sus hijos y del empresario Lázaro Báez, también condenado en el expediente— por un monto actualizado de $684.990.350.139,86.
Casación aseguró que los recursos presentados “no resultan atendibles para sustentar la habilitación del remedio extraordinario pretendido”, ya que “el decomiso de los beneficios de origen delictivo encuentra su fundamento en que el delito no constituye un título legítimo para generar riqueza jurídicamente reconocida”.
En esa línea, los jueces agregaron que “es menester que se demuestren defectos graves en la decisión recurrida que la descalifiquen como acto jurisdiccional válido, lo cual los recurrentes no han acreditado. La sentencia impugnada constituye una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias comprobadas de la causa, contando con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes".
Al inicio del expediente, las defensas de los condenados cuestionaron la medida. Los abogados de la expresidenta y sus hijos argumentaron que varios de los bienes decomisados a Máximo y Florencia fueron heredados de Néstor Kirchner o recibidos por cesión en 2016, y que algunos fueron adquiridos con anterioridad al período de la maniobra investigada.
Las defensas invocaron la buena fe de los adquirentes y sostuvieron que no existe nexo directo con el origen ilícito de los fondos. Por su parte, los abogados de Báez y otros condenados alegaron falta de fundamentación suficiente sobre el vínculo entre los bienes y los beneficios del delito.
Todos estos argumentos fueron rechazados por Casación que consideró que los parámetros utilizados por el Tribunal Oral Federal 2 para identificar los bienes resultaron adecuados y que exigir una reconstrucción contable exhaustiva de cada flujo de dinero resultaría irrazonable en casos de criminalidad económica organizada de larga duración.
Los jueces explicaron que, ante la fungibilidad del dinero y su posible mezcla con activos lícitos, alcanza con acreditar una “coincidencia temporal y una vinculación económica razonable” entre el incremento patrimonial y la maniobra delictiva.
Además, “la transmisión hereditaria o gratuita no neutraliza la posibilidad de ejecutar los bienes si éstos integran el circuito patrimonial alcanzado por el decomiso”, agregaron los jueces.
Por su parte, Borinsky votó en disidencia parcial a favor de conceder los recursos extraordinarios respecto de los bienes vinculados a Máximo y Florencia.
La medida forma parte de la sentencia a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos que pesa sobre Cristina Kirchner, quien cumple arresto domiciliario con tobillera electrónica en su departamento de San José 1111.