Mientras confirmó qué pasará con el proyecto aprobado por el Congreso, que proponía un aumento del 7,2 % y un bono de $110.000. De esta manera, ya se conoce de cuánto será el bono que cobrarán los jubilados en agosto.
De la misma manera, también se conoce el monto del incremento y las fechas de cobro para jubilados y pensionados.
La decisión de Milei que afecta a los jubilados
El presidente Javier Milei confirmó que el bono que cobrarán los jubilados en agosto será de $70.000, tal como se venía otorgando en los últimos meses, y no de $110.000, como había aprobado el Congreso en el paquete previsional. La decisión del Ejecutivo fue vetar parcialmente esa ley, bloqueando así la mejora en los haberes y en los refuerzos mensuales para quienes perciben la jubilación mínima.
La norma sancionada por ambas cámaras preveía una suba real del 7,2% para todos los haberes previsionales, junto con el aumento del bono de $70.000 a $110.000, con actualización automática por inflación. Además, contemplaba la restitución de la moratoria previsional por dos años, una herramienta clave para quienes no reúnen los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.
Sin embargo, el Gobierno decidió frenar la implementación de estos beneficios, argumentando que su aplicación implicaría un gasto fiscal que no está dispuesto a asumir. En cambio, se mantendrá el esquema actual de bonos:
- Bono completo: quienes cobren hasta $314.305,37.
- Bono proporcional: ingresos entre $314.305,37 y $384.305,37.
- Sin bono: quienes superen los $384.305,37.
¿Cuánto cobran los jubilados por el aumento?
Con el nuevo ajuste por movilidad, la jubilación mínima en agosto sube a $314.243,51, por lo que el total a cobrar con el bono será de $384.243,51. También se actualizará el haber máximo, que pasará a $2.114.561,35.

Los jubilados de la mínima recibirán un nuevo aumento y un bono de refuerzo en agosto: ¿Cuánto cobrarán en total?
ANSES: cuándo cobran jubilados y pensionados en agosto de 2025
Beneficiarios de jubilaciones y pensiones que no superen un haber mínimo:
- Documentos terminados en 0: a partir del viernes 8 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 1: a partir del lunes 11 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 2: a partir del martes 12 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 3: a partir del miércoles 13 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 4: a partir del jueves 14 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 5: a partir del viernes 15 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 6: a partir del lunes 18 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 7: a partir del martes 19 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 8: a partir del miércoles 20 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 9: a partir del jueves 21 de agosto de 2025
Beneficiarios de jubilaciones y pensiones que superan un haber mínimo:
- Documentos terminados en 0 y 1: a partir del viernes 22 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 2 y 3: a partir del lunes 25 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 4 y 5: a partir del martes 26 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 6 y 7: a partir del miércoles 27 de agosto de 2025
- Documentos terminados en 8 y 9: a partir del jueves 28 de agosto de 2025