La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York escuchó los argumentos de la defensa argentina en el caso por la expropiación de YPF. La presentación buscó revertir el fallo de la jueza Loretta Preska, quien en 2023 ordenó a la Argentina pagar más de USD 16.000 millones al fondo Burford Capital, que reclama por la estatización de la petrolera realizada en 2012.
Durante la audiencia, los jueces realizaron decenas de preguntas a ambas partes sobre los alcances del derecho argentino, el fuero aplicable y la metodología de cálculo de daños. El abogado de la Argentina, Robert Giuffra, insistió en que “este caso nunca debió resolverse en una corte estadounidense”, y subrayó que la controversia “se rige por la ley argentina y debió tramitarse en la jurisdicción local”.
Tras ese planteo inicial, los magistrados interrogaron además sobre las diferencias entre el derecho público y privado argentino y sobre el foro adecuado para tratar una expropiación. Giuffra explicó que los estatutos de YPF prevén remedios procesales locales y que “el fallo de primera instancia inventó un remedio sin precedentes no autorizado por la ley argentina”.
La posición argentina
En su exposición, la Procuración del Tesoro sostuvo que la sentencia de Preska se basó en “ficciones jurídicas de graves consecuencias” y que “ningún tribunal argentino habría llegado a esas conclusiones”. También acusó al fondo Burford Capital de “pretender obstaculizar el proceso de normalización y reinserción financiera del país” y de buscar una ganancia desproporcionada sobre un reclamo adquirido por apenas 15 millones de euros.
“Burford ha manifestado su intención de ‘poner arena en los engranajes’ del regreso de la Argentina a los mercados internacionales”, indicó la Procuración. Según la defensa, el fondo busca “interferir deliberadamente en la recuperación económica y reputacional de la República”.
El organismo destacó que, bajo la gestión de Javier Milei, la estrategia se centra en “resolver la herencia pasada” y en sostener “una defensa vigorosa e integral” del país. Agradeció además el respaldo de otros Estados que presentaron escritos ante la Corte apoyando la posición argentina.
Los argumentos de Burford Capital
Por su parte, Paul Clement, abogado del fondo británico, defendió el fallo de Preska y afirmó que la Argentina “incumplió las obligaciones estatutarias asumidas al privatizar YPF en 1993”. Alegó que el país prometió lanzar una oferta pública si retomaba el control de la empresa y que esa garantía alcanzaba también a los inversores que compraron acciones después de la privatización.
Clement sostuvo que “no hay ningún texto en el derecho argentino que establezca remedios exclusivos en el fuero local” y consideró que los demandantes actuaron dentro de sus derechos al acudir a la justicia estadounidense. También argumentó que la elección del foro en Nueva York respondía al temor de no obtener un trato imparcial en tribunales argentinos.
El impacto en los mercados y el proceso paralelo
Mientras se desarrollaba la audiencia, las acciones de Burford Capital caían casi un 10% en la Bolsa de Londres, en una señal de desconfianza de los inversores respecto del resultado final del litigio.
En paralelo, la defensa argentina presentó ante la jueza Preska una solicitud para extender el plazo de cumplimiento de otra orden judicial relacionada con el “discovery” del caso. Esa medida exige recopilar correos electrónicos y chats de altos funcionarios de las gestiones de Javier Milei, Alberto Fernández y Cristina Kirchner, así como de exministros y asesores.
El Gobierno aclaró que no entregará directamente los mensajes ni archivos, sino que actuará como puente entre la justicia estadounidense y los funcionarios implicados, para que cada uno decida si brinda su consentimiento a la entrega de la información. El objetivo fue evitar un desacato sin asumir la entrega de datos por parte del Estado argentino.
La Corte de Apelaciones no emitió resolución inmediata. La expectativa en Buenos Aires es que el fallo se conozca en los próximos meses y que siente un precedente sobre la jurisdicción aplicable en controversias que involucren empresas privatizadas y posteriormente expropiadas.