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ELECCIONES 2025

Cristina Kirchner no podrá votar en octubre

La expresidenta fue excluida del padrón por una decisión unánime de la Cámara Nacional Electoral, que dejó sin efecto el fallo de una jueza de Santa Cruz.

Cristina Kirchner no podrá votar en octubre

La Cámara Nacional Electoral le dio un fuerte revés judicial a Cristina Fernández de Kirchner, al dejar sin efecto la resolución que la habilitaba a votar en las elecciones de octubre. Con una decisión unánime, el máximo tribunal electoral del país revocó el fallo de la jueza federal subrogante de Río Gallegos, Mariel Borruto, que había declarado inconstitucionales los artículos del Código Penal y del Código Electoral que impiden sufragar a personas condenadas por delitos dolosos.

De esta manera, la expresidenta quedará excluida del padrón electoral y no podrá emitir su voto en los próximos comicios, tras haber sido condenada en 2022 a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos, en el marco de la causa Vialidad. Aunque la sentencia aún no está firme, la Cámara Electoral consideró que las normas vigentes deben aplicarse tal como están, y que no se dieron las condiciones para una excepción.

La resolución firmada por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas deja sin efecto el criterio adoptado por la magistrada santacruceña, que en julio pasado había hecho lugar a un planteo de inconstitucionalidad de oficio, sin que mediara pedido expreso de la propia Cristina ni del Ministerio Público. Este punto fue clave para los camaristas, que señalaron que no hubo instancia procesal ni fundamentos jurídicos suficientes que ameriten la intervención de la jueza.

La decisión judicial tuvo eco en todo el país, y en Salta también despertó reacciones políticas diversas. Si bien en los últimos años Cristina Fernández mantuvo un bajo perfil electoral en la provincia, su figura sigue siendo central dentro del peronismo. Esta exclusión del padrón no solo tiene impacto simbólico, sino que podría influir en el ánimo de sectores kirchneristas que aún la ven como una referente.

Desde la Cámara Nacional Electoral se apoyaron en antecedentes clave para justificar la revocación. Uno de ellos fue el conocido caso “Procuración Penitenciaria”, donde se instó al Congreso Nacional a debatir una reforma sobre el derecho al voto de personas condenadas. También se tomó como referencia el fallo “Orazi”, en el que un preso reclamó su derecho al sufragio, pero la Corte Suprema estableció que debían respetarse ciertas “condiciones mínimas” para que ese derecho pueda ser restituido.

En el caso de Cristina, esas condiciones no se habrían cumplido, según señalaron los jueces electorales. Además, remarcaron que no existió un pedido formal para habilitar su inclusión en el padrón, por lo cual la decisión de la jueza Borruto fue considerada “arbitraria” e “improcedente”.

En la resolución se deja en claro que, mientras estén vigentes los artículos 19 inciso 2 y 12 del Código Penal, junto con el inciso “e” del artículo 3 del Código Nacional Electoral, las personas condenadas por delitos dolosos con pena privativa de libertad no pueden votar, salvo que una instancia judicial evalúe caso por caso. Y eso, sostienen los camaristas, no ocurrió en esta oportunidad.

La exclusión de Cristina del padrón llega en un momento político de alta sensibilidad. Aunque la expresidenta no ocupa cargos formales desde diciembre de 2023, su nombre sigue presente en la discusión pública, y muchos sectores especulan con su influencia en la conformación de frentes electorales, especialmente en provincias como Buenos Aires, Santa Cruz y también en distritos del norte como Salta, donde el kirchnerismo tiene presencia, aunque más atomizada.

Desde los sectores opositores, la decisión fue celebrada como una señal de fortaleza institucional, mientras que en el ámbito del oficialismo, si bien no hubo pronunciamientos directos, algunas voces deslizaron críticas a lo que consideran una “judicialización de la política”. En el plano jurídico, sin embargo, la resolución es clara y se enmarca dentro de la jurisprudencia vigente.

Cabe recordar que la condena que pesa sobre Cristina Fernández de Kirchner aún no está firme, ya que resta la revisión por parte de la Corte Suprema de Justicia. No obstante, mientras se mantenga en pie la sentencia de primera instancia, las consecuencias políticas y administrativas, como la exclusión del padrón, siguen vigentes.

Más allá de que Cristina no sea candidata ni juegue un rol protagónico en las listas locales, su figura continúa generando adhesiones y rechazos. Para algunos sectores del peronismo salteño, su exclusión del acto electoral es vista como una pérdida simbólica, mientras que para otros, representa el cierre de un ciclo.

Lo que queda claro es que la Cámara Nacional Electoral sentó un precedente importante: ningún ciudadano con condena penal por delitos dolosos podrá votar sin que medie un proceso judicial claro y con garantías mínimas. En un contexto donde la discusión sobre los derechos políticos de las personas condenadas vuelve al centro del debate, este fallo marca un límite institucional que no será fácil de revertir.

En definitiva, Cristina Kirchner no podrá votar en octubre. Y más allá del acto concreto del sufragio, el impacto de esta decisión se sentirá en todo el tablero político. En Salta, donde las elecciones se viven con intensidad y donde cada elección marca rumbos futuros, esta exclusión resuena como un nuevo capítulo de la relación entre justicia y poder.

 


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