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ARCA incrementa los topes para transferencias bancarias y billeteras digitales

El Gobierno cambió los regímenes de información financiera. Cuál es el tope de transferencias sin ser investigado por ARCA

ARCA incrementa los topes para transferencias bancarias y billeteras digitales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA) publicó este viernes una nueva resolución en el Boletín Oficial que eleva el piso de referencia para que bancos y billeteras virtuales informen movimientos de dinero. A partir de ahora, las entidades solo deben reportar operaciones cuando los montos superen ciertos valores. La medida busca simplificar trámites y enfocarse solo en los movimientos realmente importantes.

 

La medida está firmada por el titular de ARCA, Juan Alberto Pazo, y asegura que estos cambios apuntan a evitar trabas innecesarias por el Gobierno para personas y empresas que necesitan acceder al sistema financiero o invertir en bienes de capital.

La decisión forma parte de un plan del Gobierno para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, reducir la burocracia y evitar que las empresas o personas tengan que cumplir con algunas reglas en las operaciones de poco valor. En otras palabras, no se va a pedir que se informen movimientos que el Gobierno considera "chicos" y que no representan un riesgo o relevancia para el sistema tributario.

Nuevos topes para transferencias bancarias

La ARCA subió los valores a partir de los cuales deben informarse los movimientos en cuentas bancarias, tarjetas de débito y crédito, depósitos a plazo fijo y billeteras virtuales. Por ejemplo, en el caso de personas físicas, ahora solo se informan operaciones que superen los $50 millones mensuales, mientras que para empresas el límite es de $30 millones.

Las billeteras virtuales también están contempladas en la medida. Estas deberán informar los ingresos, egresos y saldos mensuales solo si superan los mismos montos mencionados. También deberán reportar transferencias bancarias o virtuales, con los datos de las cuentas y el monto exacto.

Uno de los puntos importantes es que también se incluyen operaciones con criptomonedas. Si una persona o empresa tiene ingresos o egresos en criptos, se deberán convertir a pesos y, si pasan el monto límite, también deberán ser informados a la AFIP. Esto busca mantener control sobre los activos digitales, un mercado que creció mucho en los últimos años.

Este nuevo régimen reemplaza y actualiza resoluciones anteriores de la AFIP, como la 3.421, 4.298 y 4.614, que establecían distintos umbrales y programas para presentar la información. Con la actualización, también se modernizan los programas informáticos que deben usar las entidades financieras para enviar los datos.

Según explicó el organismo, los montos se actualizarán dos veces al año (en junio y diciembre) según la inflación que mide el Indec. Esto permite que los valores no queden desactualizados con el tiempo y sigan reflejando correctamente qué operaciones son consideradas relevantes.

La medida comenzará a aplicarse sobre los movimientos registrados a partir de junio de 2025 y busca un equilibrio entre el control fiscal y la simplificación administrativa. 


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