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DECISIÓN JUDICIAL

Casación rechazó los recursos de Cristina Kirchner y ratificó la tobillera y las visitas restringidas

La Cámara Federal de Casación Penal desestimó los planteos de la defensa de la expresidenta y confirmó las condiciones de su prisión domiciliaria.

Casación rechazó los recursos de Cristina Kirchner y ratificó la tobillera y las visitas restringidas

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó los recursos presentados por la defensa de Cristina Fernández de Kirchner y confirmó las condiciones impuestas para el cumplimiento de su condena en la causa Vialidad. De esta manera, la expresidenta deberá continuar con prisión domiciliaria bajo monitoreo electrónico y con un esquema estricto para recibir visitas en su vivienda.

La decisión fue adoptada por la Sala IV del máximo tribunal penal, que desestimó los planteos formulados por los abogados de la exmandataria. En concreto, los jueces ratificaron las reglas fijadas por el Tribunal Oral Federal 2, al considerar que las medidas cuestionadas no implican un agravamiento ilegítimo de la pena, sino condiciones propias del régimen excepcional de detención domiciliaria.

El eje del planteo de la defensa giraba en torno a dos puntos centrales: la obligatoriedad del uso de la tobillera electrónica y las restricciones vinculadas al ingreso de personas al domicilio. Ambos aspectos fueron analizados por los magistrados, que concluyeron que el control dispuesto resulta acorde a la normativa vigente y proporcional a la condena impuesta en el expediente por irregularidades en la obra pública.

En relación con el monitoreo electrónico, el tribunal sostuvo que la utilización de la tobillera no puede ser reemplazada por la custodia policial permanente. Según se desprende del fallo, la vigilancia de fuerzas de seguridad cumple una función distinta a la del dispositivo técnico de control, que permite verificar de manera objetiva y continua el cumplimiento de las condiciones de la domiciliaria. Para los jueces, prescindir de ese mecanismo implicaría desnaturalizar el sistema de ejecución penal previsto para estos casos.

El pronunciamiento también puso el foco en el carácter excepcional de la prisión domiciliaria. Los camaristas remarcaron que no se trata de un derecho automático derivado de la condena, sino de una modalidad alternativa al encierro en establecimiento penitenciario, que debe regirse por pautas claras y controles efectivos. En ese sentido, subrayaron que el cumplimiento real de la pena constituye un mensaje institucional que no puede diluirse mediante flexibilizaciones sin sustento técnico ni jurídico.

Otro de los puntos sensibles del debate fue el régimen de visitas. La Justicia mantuvo las limitaciones establecidas para el ingreso de personas ajenas al círculo familiar íntimo y al equipo profesional de la exjefa de Estado. Cualquier encuentro que no encuadre en esas categorías deberá contar con autorización judicial previa, individualizada y debidamente fundada.

El esquema vigente fija además un cupo máximo de tres visitantes por reunión, con un límite de dos encuentros semanales y una duración que no puede exceder las dos horas cada uno. Para los magistrados, estas condiciones resultan razonables dentro del marco de una condena firme y buscan evitar que el domicilio se convierta en un espacio de actividad política o social incompatible con el régimen restrictivo propio de una pena.

En el análisis del caso, el tribunal hizo referencia a reuniones que excederían el ámbito estrictamente personal. Si bien la defensa argumentó que no existía prohibición expresa para mantener encuentros de carácter político, los jueces entendieron que determinadas actividades pueden desvirtuar el sentido de la prisión domiciliaria. La lógica, según se desprende del fallo, es que la modalidad excepcional no puede transformarse en una plataforma de acción pública sin controles.

Asimismo, Casación descartó que las decisiones judiciales respondan a presiones mediáticas o al clima de opinión pública en torno a la causa Vialidad. El fallo enfatiza que el debate público que genera una figura de alta relevancia política no constituye, por sí mismo, una interferencia indebida en la tarea de los magistrados, quienes deben resolver conforme a derecho y a las constancias del expediente.

La resolución no fue unánime. Uno de los integrantes de la Sala se inclinó por una postura más flexible, al considerar que las restricciones deben guardar estricta proporcionalidad con el grado de cumplimiento verificado de la pena. En su voto, propuso eliminar la tobillera electrónica y habilitar un uso más amplio de determinados espacios del domicilio, bajo el argumento de que el control podría sostenerse con medidas menos gravosas. Sin embargo, esa posición quedó en minoría y no modificó el resultado final.

Con este pronunciamiento, el escenario judicial de Cristina Kirchner suma un nuevo capítulo en la etapa de ejecución de la condena por la causa Vialidad, uno de los expedientes de mayor impacto político de los últimos años en la Argentina. La confirmación de la tobillera electrónica y del régimen acotado de visitas consolida un esquema de control que, según el tribunal, responde a criterios legales y técnicos previstos en la normativa de ejecución penal.

En términos políticos, la decisión vuelve a ubicar a la expresidenta en el centro de la escena nacional, en un contexto atravesado por debates sobre el funcionamiento de la Justicia, la transparencia en la obra pública y el alcance de las penas en casos de corrupción. Aunque el fallo se limita a cuestiones operativas del cumplimiento de la condena, su impacto excede lo estrictamente procesal y reaviva discusiones de fondo sobre el sistema institucional.

Desde el punto de vista jurídico, el mensaje del tribunal es claro: la prisión domiciliaria no equivale a libertad plena dentro del hogar. Implica restricciones concretas, controles permanentes y límites definidos que deben respetarse mientras la condena esté vigente. Cualquier modificación, señalaron los jueces, requiere fundamentos sólidos y una evaluación estricta de proporcionalidad.

Por ahora, las condiciones no cambian. Cristina Kirchner continuará con monitoreo electrónico y bajo un esquema de visitas previamente autorizado y acotado. La causa Vialidad, que marcó un hito en la historia judicial argentina por involucrar a una expresidenta, sigue generando resoluciones que mantienen en tensión el plano político y el judicial.

El fallo de Casación, al ratificar las medidas dispuestas por el tribunal oral, refuerza la idea de que el cumplimiento efectivo de la pena es un componente central del proceso penal. En esa línea, deja en claro que la excepcionalidad de la detención domiciliaria exige controles acordes y límites precisos, más allá del peso político de la persona condenada.

 


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