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Paro docente

El Gobierno controlará el paro docente y aplicará sanciones si no se garantiza el servicio mínimo

El Ministerio de Capital Humano realizará inspecciones en escuelas de todo el país para verificar el cumplimiento del servicio mínimo del 75%.

El Gobierno controlará el paro docente y aplicará sanciones si no se garantiza el servicio mínimo

El Gobierno nacional pondrá en marcha un operativo de control durante el paro docente convocado para este lunes con el objetivo de verificar que se cumpla el servicio mínimo establecido por la ley. A través de las agencias territoriales del Ministerio de Capital Humano, se relevará el funcionamiento de escuelas de distintas provincias y, en caso de detectar incumplimientos, se avanzará con las sanciones previstas por la normativa vigente.

La fiscalización estará coordinada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que elaborará un informe nacional sobre el nivel de actividad registrado durante la jornada de protesta. Ese documento será clave para determinar si corresponde iniciar actuaciones administrativas contra las entidades sindicales que no hayan respetado la cobertura mínima exigida.

El operativo consistirá en inspecciones muestrales en establecimientos educativos de todo el país. Los equipos territoriales recopilarán información sobre el funcionamiento de las escuelas y remitirán los resultados a la administración central, que analizará el grado de cumplimiento del servicio educativo durante la medida de fuerza.

La decisión del Ejecutivo se apoya en la Ley 27.802 de Modernización Laboral, que incorporó a la educación inicial, primaria, secundaria y especial dentro de los servicios esenciales. En ese marco, la normativa establece que, durante un paro, debe garantizarse al menos el 75% de la prestación habitual del servicio.

Sin embargo, el alcance de ese porcentaje no implica necesariamente que deba asistir el 75% de los docentes o que permanezcan abiertas tres de cada cuatro escuelas. La referencia legal apunta a la prestación normal del servicio, un concepto cuya aplicación práctica deberá ser evaluada a partir de distintos indicadores, como la apertura de establecimientos, la cobertura de cursos, las horas de clase dictadas y el personal disponible.

Antes de cualquier sanción, el procedimiento contempla distintas instancias. La autoridad laboral deberá comprobar el incumplimiento, identificar a la organización responsable y desarrollar el correspondiente proceso administrativo, que incluye el derecho de defensa y la posibilidad de revisión judicial.

La legislación también establece que los gremios deben comunicar con anticipación la realización de una medida de fuerza y acordar con la autoridad laboral la modalidad en que se garantizará el servicio mínimo. Si ese acuerdo no se alcanza o resulta insuficiente, la Secretaría de Trabajo está facultada para fijar las condiciones de funcionamiento durante el conflicto.

Las normas vigentes prevén diferentes tipos de sanciones para las organizaciones sindicales que incumplan las disposiciones legales. Entre ellas figuran apercibimientos, intimaciones, multas e incluso acciones judiciales en los casos de desobediencia a las resoluciones de la autoridad competente.

Además, el régimen obliga a informar previamente a las familias cómo funcionará el servicio educativo durante la medida de fuerza, cuál será su duración y de qué manera se garantizará la prestación mínima. Ese aspecto también podrá ser tenido en cuenta durante las inspecciones que realizará el Gobierno.

Las agencias territoriales tendrán un rol central en la recopilación de información y en la elaboración del informe que utilizará el Ministerio de Capital Humano para definir los pasos a seguir una vez finalizado el paro. Si bien las provincias conservan la administración de los sistemas educativos, la Nación busca verificar el cumplimiento de la normativa en el marco del conflicto colectivo y establecer si corresponde avanzar con medidas sancionatorias.

 


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