La Justicia federal de San Martín suspendió este jueves el DNU 461/2025, firmado el 8 de julio por Javier Milei, que ordenaba la disolución de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV).
La jueza Martina Isabel Forns hizo lugar a la cautelar presentada por el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional (SEVINA), y prohibió durante seis meses cualquier tipo de acto administrativo derivado del decreto, como reubicaciones, cesantías, traslados, pases a disponibilidad o la supresión de estructuras internas.
Con esta medida cautelar de “no innovar”, el tribunal consolida una pausa momentánea al plan oficial de fusionar el organismo con el Ministerio de Economía y la Agencia de Control de Concesiones, evitando avances mientras se resuelve la causa de fondo.
¿Por qué frenaron el DNU?
La jueza Forns dictaminó que el DNU vulnera derechos laborales y sindicales: el artículo 32 condiciona la estabilidad del personal "hasta tanto se adecúen" nuevas estructuras, lo que atentaría contra convenios colectivos y la Ley de Contrato de Trabajo. También subrayó que el artículo 33 otorga discrecionalidad exclusiva a la Secretaría de Transformación del Estado para mover personal, algo que socava la autonomía de la DNV. Según el fallo, existe "peligro cierto de daño inminente e irreparable" si se avanza con el decreto antes de concluir el análisis judicial.
¿Qué implica esta suspensión?
- La DNV sigue activa. Mientras dure la cautelar, la Dirección Nacional de Vialidad debe continuar con su estructura y personal intactos, sin despidos ni traslados forzosos .
- Impacto en los trabajadores. La DNV cuenta con unos 5.200 empleados —un 67 % administrativos y un 33 % operativos— distribuidos en oficinas regionales del país .
- Presión gremial y política. SEVINA y el Sindicato de Trabajadores Viales impulsan también una ofensiva parlamentaria para rechazar el DNU desde el Congreso, con apoyo de gobernadores e intendentes .
Con esta suspensión, la estructura funcional de Vialidad continúa en pie y los trabajadores aseguran su continuidad. Ahora, el proceso judicial deberá definir si el decreto de Milei excede sus facultades y viola derechos laborales y constitucionales.